Sí pero No
No estoy nunca de acuerdo con nadie. Y no es premeditado: me nace de forma espontánea, e incluso cuando comparto diagnóstico y objetivos, lo hago siempre por motivos diferentes, cuando no opuestos.
Tres ejemplos:
1. Juan Torres López, uno de los pocos economistas a los que se puede entender cuando hablan (les escribe un amante confeso de la inteligibilidad), determina con llaneza y sinceridad las causas de la actual crisis financiera. Sin embargo, en un punto de su discurso enuncia “Si se quisiera de verdad atajar la crisis, ponerle remedio para que no cause un perjuicio inmenso a la actividad productiva y evitar que se vuelva a producir hay que actuar, por lo tanto, sobre estos factores: estableciendo un rígido control de las finanzas especulativas”. Y por ahí es por donde yo no paso. Normativizar la especulación es como regular los homicidios. Llámenme antiguo, pero soy de los que cree que cree en la universalidad de determinados preceptos morales –algo supracultural, por encima de toda consideración histórica o de circunstancia-, y considero que jugarse la subsistencia de tantos en un proceso de representación de riqueza imaginaria es rechazable desde cualquier punto de vista. Sólo me agradaría su inclusión en el ordenamiento como tipo penal. Y con unas penas gravísimas.
2. También estoy de acuerdo con el diagnóstico de Ignasi Guardans sobre el absurdo de la seguridad aeroportuaria. El diputado de CIU ha percibido -y difundido en numerosos medios- lo abusivo, autoritario y gratuito de las medidas que se nos han impuesto en los Aeropuertos, en donde cualquier gilipollas con porra te puede pedir que enciendas el portátil, pruebes la papilla de tu hija, te descalces o hagas rodar un plato sobre la nariz.
Sin embargo, en su artículo-denuncia de hoy para Público, Guardans justifica medidas como las intervenciones telefónicas o la filmación de espacios públicos bajo el aserto de que “tienen una regulación”. ¡Ya estamos de nuevo con el fetichismo legislativo! Aparte del contra-argumento ya empleado en la primera nota –recuerden: que no es moral regular canalladas-, Guardans yerra en su afirmación: no existe una regulación al respecto que nos proteja de abusos. Un marco legal trataría quién, donde y cómo puede intervenirse a un pasajero, y tan sólo hay normas procesales que determinan la invalidez de las grabaciones no autorizadas judicialmente como pruebas en un procedimiento. En ninguna parte está escrito si es legal o no que te graben en el trabajo, si es legal o no o que la subdelegación del gobierno te grabe haciendo el pino en la calle o si es legal o no que una compañía telefónica grabe tus llamadas o mantenga un registro de los números marcados. En todos estos casos, puede hacerse un uso no procesal de esa información (pueden, por ejemplo, servirse de ella para seducirte comercialmente o para consolidar estudios marquetinianos de conducta), con tal que no se difunda fuera de las instituciones que hacen uso de ella.
Supongo que la idea de Guardans es mantener una postura de denuncia que no le aleje demasiado de las de su partido, cuyo bravucón líder se ha manifestado en público y en repetidas ocasiones a favor de mantener impune la tortura policial (con su expresión preferida: “els draps bruts es renten a casa”). Al final, el artículo de Guardans sólo consigue dejar un poso de tremenda incongruencia. Proclamar a los cuatro vientos que está mal que te vejen sin regulación es lo mismo que declarar bienvenidas las vejaciones legales. Que las hay a manta.
3. Y en esta misma línea de pensamiento involuntariamente reaccionario, podemos encuadrar una pequeña victoria obrera: la sentencia contra Iberia por las sanciones –hoy juzgadas improcedentes- que impuso a los trabajadores que protagonizaron la huelga salvaje de maleteros. Todos ustedes las recordarán, con aquella fabulosa invasión de pistas que, según toda la prensa bienpensante, puso en serio peligro el tráfico aéreo (no sucede así cuando nieva, hay niebla o llueve fuerte, unos quince días al año). La jueza que ha sentenciado sobre el asunto, ha afirmado que, por los medios probatorios existentes –precisamente una grabación- no puede certificarse que los sancionados fuesen efectivamente las mismas personas que saltaron a la pista. Por lo que se ve, los videos enfocan una multitud indiscernible y de la cual no pueden extraerse nombres. Es decir: que si los videos hubiesen mostrado oportunamente los jetos de los trabajadores cabreados, las sanciones de Iberia hacia sus empleados hubiesen sido procedentes. Hay que joderse.
Mención aparte para el artículo que Público dedica al asunto en su versión impresa. Está repleto de errores. Tan repleto de errores que parece redactado de memoria, y no por un periodista diplomado, de aquellos que investigan sobre el terreno y que, como la perdiz morada del litoral, hace años que se extinguieron. En el artículo se habla de "una Jueza de El Prat", así como quien se acuerda de "un señor de Huelva". En El Prat del Llobregat hay varios juzgados mixtos, así que estaría bien que se indicase qué órgano en concreto conoció el caso. También se escribe en el artículo que se ha agotado “la vía administrativa” (¿Un Juez en la vía administrativa? ¿Comor? La vía administrativa la resuelven burócratas sin carrera judicial; ¿Será “contencioso-administrativa”? Pues no, sé que en El Prat no hay juzgados contenciosos, ya que estos sólo existen en las capitales de provincia; y por otra parte ¿porqué iba a ser “contencioso” si Iberia ya no es compañía estatal sino SL?). También creo que es errónea la alusión a "los trabajadores de Iberia", ya que los maleteros pertenecen a una subcontrata desde hace años. Y creo que quien les paga es AENA, no Iberia. Así que mal, todo mal.
Tres ejemplos:
1. Juan Torres López, uno de los pocos economistas a los que se puede entender cuando hablan (les escribe un amante confeso de la inteligibilidad), determina con llaneza y sinceridad las causas de la actual crisis financiera. Sin embargo, en un punto de su discurso enuncia “Si se quisiera de verdad atajar la crisis, ponerle remedio para que no cause un perjuicio inmenso a la actividad productiva y evitar que se vuelva a producir hay que actuar, por lo tanto, sobre estos factores: estableciendo un rígido control de las finanzas especulativas”. Y por ahí es por donde yo no paso. Normativizar la especulación es como regular los homicidios. Llámenme antiguo, pero soy de los que cree que cree en la universalidad de determinados preceptos morales –algo supracultural, por encima de toda consideración histórica o de circunstancia-, y considero que jugarse la subsistencia de tantos en un proceso de representación de riqueza imaginaria es rechazable desde cualquier punto de vista. Sólo me agradaría su inclusión en el ordenamiento como tipo penal. Y con unas penas gravísimas.
2. También estoy de acuerdo con el diagnóstico de Ignasi Guardans sobre el absurdo de la seguridad aeroportuaria. El diputado de CIU ha percibido -y difundido en numerosos medios- lo abusivo, autoritario y gratuito de las medidas que se nos han impuesto en los Aeropuertos, en donde cualquier gilipollas con porra te puede pedir que enciendas el portátil, pruebes la papilla de tu hija, te descalces o hagas rodar un plato sobre la nariz.
Sin embargo, en su artículo-denuncia de hoy para Público, Guardans justifica medidas como las intervenciones telefónicas o la filmación de espacios públicos bajo el aserto de que “tienen una regulación”. ¡Ya estamos de nuevo con el fetichismo legislativo! Aparte del contra-argumento ya empleado en la primera nota –recuerden: que no es moral regular canalladas-, Guardans yerra en su afirmación: no existe una regulación al respecto que nos proteja de abusos. Un marco legal trataría quién, donde y cómo puede intervenirse a un pasajero, y tan sólo hay normas procesales que determinan la invalidez de las grabaciones no autorizadas judicialmente como pruebas en un procedimiento. En ninguna parte está escrito si es legal o no que te graben en el trabajo, si es legal o no o que la subdelegación del gobierno te grabe haciendo el pino en la calle o si es legal o no que una compañía telefónica grabe tus llamadas o mantenga un registro de los números marcados. En todos estos casos, puede hacerse un uso no procesal de esa información (pueden, por ejemplo, servirse de ella para seducirte comercialmente o para consolidar estudios marquetinianos de conducta), con tal que no se difunda fuera de las instituciones que hacen uso de ella.
Supongo que la idea de Guardans es mantener una postura de denuncia que no le aleje demasiado de las de su partido, cuyo bravucón líder se ha manifestado en público y en repetidas ocasiones a favor de mantener impune la tortura policial (con su expresión preferida: “els draps bruts es renten a casa”). Al final, el artículo de Guardans sólo consigue dejar un poso de tremenda incongruencia. Proclamar a los cuatro vientos que está mal que te vejen sin regulación es lo mismo que declarar bienvenidas las vejaciones legales. Que las hay a manta.
3. Y en esta misma línea de pensamiento involuntariamente reaccionario, podemos encuadrar una pequeña victoria obrera: la sentencia contra Iberia por las sanciones –hoy juzgadas improcedentes- que impuso a los trabajadores que protagonizaron la huelga salvaje de maleteros. Todos ustedes las recordarán, con aquella fabulosa invasión de pistas que, según toda la prensa bienpensante, puso en serio peligro el tráfico aéreo (no sucede así cuando nieva, hay niebla o llueve fuerte, unos quince días al año). La jueza que ha sentenciado sobre el asunto, ha afirmado que, por los medios probatorios existentes –precisamente una grabación- no puede certificarse que los sancionados fuesen efectivamente las mismas personas que saltaron a la pista. Por lo que se ve, los videos enfocan una multitud indiscernible y de la cual no pueden extraerse nombres. Es decir: que si los videos hubiesen mostrado oportunamente los jetos de los trabajadores cabreados, las sanciones de Iberia hacia sus empleados hubiesen sido procedentes. Hay que joderse.
Mención aparte para el artículo que Público dedica al asunto en su versión impresa. Está repleto de errores. Tan repleto de errores que parece redactado de memoria, y no por un periodista diplomado, de aquellos que investigan sobre el terreno y que, como la perdiz morada del litoral, hace años que se extinguieron. En el artículo se habla de "una Jueza de El Prat", así como quien se acuerda de "un señor de Huelva". En El Prat del Llobregat hay varios juzgados mixtos, así que estaría bien que se indicase qué órgano en concreto conoció el caso. También se escribe en el artículo que se ha agotado “la vía administrativa” (¿Un Juez en la vía administrativa? ¿Comor? La vía administrativa la resuelven burócratas sin carrera judicial; ¿Será “contencioso-administrativa”? Pues no, sé que en El Prat no hay juzgados contenciosos, ya que estos sólo existen en las capitales de provincia; y por otra parte ¿porqué iba a ser “contencioso” si Iberia ya no es compañía estatal sino SL?). También creo que es errónea la alusión a "los trabajadores de Iberia", ya que los maleteros pertenecen a una subcontrata desde hace años. Y creo que quien les paga es AENA, no Iberia. Así que mal, todo mal.
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